Decreto 967 de 10 de Mayo de 2012 SOAT cubrirá hasta 800 salarios mínimos legales diarios vigentes
Valledupar, mayo 14 de 2012.- El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, expidió el Decreto 967 de 2012,
por el cual se define la cobertura por gastos médicos, quirúrgicos,
farmacéuticos y hospitalarios por lesiones causadas por accidentes de
tránsito y las cuales se cargan al SOAT (seguro obligatorio de daños
corporales causados a las personas en accidentes de tránsito).
La disposición ordena que la cobertura del SOAT, por concepto de gastos médicos,
quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones, sea máximo de
ochocientos (800) salarios mínimos legales diarios vigentes al momento
de la ocurrencia del accidente de tránsito.
Esta
norma permitirá que las instituciones prestadoras de servicios de salud
que atiendan a víctimas de un accidente de tránsito, en la que el
vehículo involucrado cuente con un SOAT vigente, realicen el proceso de
reclamación de los valores derivados de la atención en salud, a una sola
entidad, que en este caso serán las aseguradoras autorizadas para
expedir el SOAT.
Este
Decreto elimina la duplicación del proceso de facturación que se
realizaba ante las aseguradoras y el FOSYGA y permite que exista un
mejor flujo de recursos en términos de oportunidad, y el mejoramiento
en la atención integral a las víctimas de estos accidentes.
La cobertura de este Decreto se aplicará a los eventos que ocurran a partir del 10 de julio del presente año.
Fuente MPS
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